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Ley de Quiebras Personales en Chile

Hasta el 30 de abril estará abierta la consulta ciudadana abierta por el Ministerio de Economía para que las organizaciones sociales se pronuncien respecto a la nueva Ley de Quiebras Personales, que busca crear una solución flexible y eficiente para los deudores en dificultades.
El proyecto, que ingresará a tramitación en el Congreso antes del 21 de mayo, se centra en el fortalecimiento y modernización de los convenios que permitan sostener las empresas que aún son viables mediante la reorganización de las deudas.
El foco estará en una liquidación rápida de sus bienes, para una más pronta y mejor recuperación del crédito. Además, se establecerán regímenes diferenciados para las empresas y para las personas naturales.
El ministro de Economía, Pablo Longueira, señaló que “es importante que terminenos con el estigma asociado a la quiebra, que impide buscar ayuda a quien ha fracasado en un negocio. Necesitamos que el sistema ayude a ‘bajar las cortinas’ de manera ordenada y volver a emprender, sin el temor de verse etiquetado como delincuente, sólo porque uno de sus emprendimientos no resultó exitoso”.
Por su parte, la Superintendenta de Quiebras, Josefina Montenegro, destacó la importancia de la iniciativa ciudadana. “En todo proceso democrático la participación ciudadana en la elaboración de las leyes es fundamental. Permite aterrizar el contenido de éstas y perfeccionarlas en beneficio de todos los chilenos”, explicó.
PROYECTO
La actual normativa chilena tiene una serie de deficiencias que le impiden ajustarse a las necesidades de una economía dinámica como debe ser toda economía moderna. La ley vigente que data del año 1982 y ha sido objeto de diversas modificaciones, siendo la última la del año 2007, regula principalmente los procedimientos concursales de quiebra y de convenios.
La principal deficiencia del actual procedimiento de quiebra es la baja tasa de recuperación del crédito como consecuencia del excesivo tiempo que dura el procedimiento y de la demora en determinar la forma como se venderán los activos del deudor y el tiempo que tarda en llevarse a cabo la misma venta. Además, la normativa que regula los convenios hoy no entrega herramientas útiles para incentivar al deudor a reconocer su situación de crisis en forma oportuna.
DEUDORES
El nuevo procedimiento concursal de reorganización crea un espacio libre de presiones, que le permita al deudor negociar con sus acreedores las mejores alternativas de solución de sus créditos, fomentando la adopción de acuerdos y protegiendo al acreedor que consienta en los mismos.
También busca vender rápida y eficientemente los activos del deudor para pagar a sus acreedores, permitiendo la reinserción de los activos a la economía y al deudor volver a empezar libre de mochilas financieras y del estigma que la ley actual le impregna al deudor fallido.
Además, propone un procedimiento especial para las personas naturales, quienes tendrán la posibilidad de celebrar un acuerdo de repactación bilateral de sus obligaciones con sus acreedores.

Comentarios

  1. PEDRO GUERRERO CORTES27 de julio de 2012, 17:01

    LA NUeVA LEY DE QUIEBRAS DEBERIA SER PARACIDA A LA QUE EXISTE EN LOS PAISES DESARRIOLLADOS DONDE SE CONTEMPLA DOS TIPOS UNA CON DISOLUCION O VENTA DE PATRMONIO Y SIN VENTA DE PATRIMONIO PBLIGANDO POR LEY QUWE LOS BANCOS PRIVADOS Y DEL ESTADO PRESTARLE PLATA A LOS PEQUEÑOS INDUSTRIALES CONJ UNA TASA DE INTERES NO SUPERIOR AL 2 POR CIENTO ANUAL CON UNA MORATORIA NO INFERIOR A CUATRO AÑOS PARA EMPEZAR A PAGAR INTRESES Y CAPITAL Y NO COMO LA FORMA ACTUAL QUE REVIENTAN A LAS PEQUEÑAS EMPRESAS CON UN INTERES MUY ALTO A ELLOS LE EMPRESTAN PLATA AL 0,2 POR CIENTO ANUAL Y LA PFRESTAN AL 1,95 POR CIENTO MENSUAL ES UNA USURA EN CUALQUIER PAIS DESARROLLADO EN BENEFICIO SOLAMENTE DE LA BANCA DE ESTE PAIS.-

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