Para Cedice, los cambios en las normas acaban con autonomía del ente
El Observatorio Económico Legislativo de Cedice sostiene que las reformas a la Ley del Banco Central de Venezuela llevadas adelante por este Gobierno han venido creando condiciones para que el instituto emisor financie directamente al Ejecutivo Nacional.
En un comunicado de prensa la organización señaló que el Ejecutivo ha presentado en su ejecución presupuestaria déficit recurrentes y esta forma de financiamiento, directa por el BCV, está expresamente prohibida según el artículo 320 de la Constitución de Venezuela. Dicho artículo señala que "en el ejercicio de sus funciones, el Banco Central no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias".
Cedice indica en su comunicado que en noviembre del año 2009 alertó que el financiamiento directo por parte del BCV y el recurrente retiro de reservas internacionales, tendrían severos efectos inflacionarios en la economía. Con tan sólo financiar 5.000 millones de dólares a la República y retirar 10.000 millones de dólares de las reservas, se produciría una inflación de 42,4% adicional.
Esta afirmación pareciera agravarse con la nueva reforma, aprobada este jueves por el Parlamento, toda vez que ahora se hace más explícita la posibilidad de financiamiento directo al Ejecutivo, señala la nota.
Indica también que la autonomía del BCV, ya fuertemente lesionada con las reformas legales anteriores, queda anulada con la reforma del artículo 15 de la ley, que ahora permite que tenga a su cargo la competencia de las finanzas públicas puede formar parte del Directorio del Banco Central de Venezuela.
El Observatorio Económico Legislativo de Cedice sostiene que las reformas a la Ley del Banco Central de Venezuela llevadas adelante por este Gobierno han venido creando condiciones para que el instituto emisor financie directamente al Ejecutivo Nacional.
En un comunicado de prensa la organización señaló que el Ejecutivo ha presentado en su ejecución presupuestaria déficit recurrentes y esta forma de financiamiento, directa por el BCV, está expresamente prohibida según el artículo 320 de la Constitución de Venezuela. Dicho artículo señala que "en el ejercicio de sus funciones, el Banco Central no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias".
Cedice indica en su comunicado que en noviembre del año 2009 alertó que el financiamiento directo por parte del BCV y el recurrente retiro de reservas internacionales, tendrían severos efectos inflacionarios en la economía. Con tan sólo financiar 5.000 millones de dólares a la República y retirar 10.000 millones de dólares de las reservas, se produciría una inflación de 42,4% adicional.
Esta afirmación pareciera agravarse con la nueva reforma, aprobada este jueves por el Parlamento, toda vez que ahora se hace más explícita la posibilidad de financiamiento directo al Ejecutivo, señala la nota.
Indica también que la autonomía del BCV, ya fuertemente lesionada con las reformas legales anteriores, queda anulada con la reforma del artículo 15 de la ley, que ahora permite que tenga a su cargo la competencia de las finanzas públicas puede formar parte del Directorio del Banco Central de Venezuela.
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