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Ámbito de Aplicación del SNIP

Forman parte del ámbito de aplicación del SNIP a) Las entidades y empresas del Sector Público No Financiero de los tres niveles de gobierno, que ejecuten Proyectos de Inversión Pública. b) Los proyectos formulados y ejecutados por terceros, con sus propios recursos, cuando una entidad del Sector Público sujeta al SNIP deba asumir, después de la ejecución, los gastos permanentes de operación y mantenimiento. Esto también se aplica a los proyectos que los gobiernos locales no sujetos al SNIP prevean ejecutar y que luego de su ejecución vayan a ser transferidos para su operación y mantenimiento a una entidad del Sector Público sujeta al SNIP. c) Los Proyectos de Inversión de las instituciones perceptoras de cooperación técnica internacional, cuando una entidad del Sector Público sujeta al SNIP deba asumir, después de la ejecución, los gastos de operación y mantenimiento en el marco de lo dispuesto por la primera disposición complementaria de la Ley N° 27692, Ley de Creación de l

PBI Perú 2014, según Ollanta Humala

Ollanta Humala, garantizó que la economía peruana crecerá 5% en el presente año y 6% en el próximo. “Más inversiones equivalen a más crecimiento. La recuperación de nuestra productividad será una realidad este último trimestre del año y se consolidará desde el año 2014. Así estimamos que la economía se expandirá en 5% en el presente año y 6% en el año 2014. Esto nos permitirá obtener recursos para la ejecución de políticas públicas, destinadas a mejorar la competitividad del país”. Durante su discurso de clausura de la Conferencia Anual de Ejecutivos CADE 2013, el jefe del Estado exhortó a los empresarios a que se unan con el Estado para sacar adelante el país. “Quiero el saludar el compromiso que no solo ha quedado en palabras. Espero que haya más compromisos de esta naturaleza en las siguientes CADE’s. El Estado recibe esto con beneplácito, pero no abdica a su responsabilidad en las políticas públicas y para esto tenemos que trabajar de la mano. Solos se puede ir rápido, per

Aplicacion del SNIP a los Gobiernos Locales

A los Gobiernos Locales ya incorporados. A los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo del Concejo Municipal). A aquellos que vayan a concertar una operación de endeudamiento externo para un PIP.  Los Gobiernos Locales que sean incorporados por Resolución de la DGPI. Requisitos: Tener acceso a Internet; Compromiso del Concejo Municipal de apoyar el fortalecimiento capacidades en su Gobierno Local Tener en su Presupuesto Institucional para proyectos, un monto no menor a S/.4 millones sustentado por la Oficina de Presupuesto.

Conceptos Básicos - SNIP

1.- Recursos Públicos Se consideran Recursos Públicos a: Todos los recursos financieros y no financieros. de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público. Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento. Incluye a los recursos provenientes de cooperación técnica no reembolsable (donaciones y transferencias). Incluye a todos los que puedan ser recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas a las normas del SNIP.

Marco Normativo Del SNIP

Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802 y por los D. Leg Nos1005 y 1091. Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº 102-2007-EF, modificado por DS N°185-2007-EF, DS N° 038-2009-EF y Cuadragésima Quinta DF de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010. Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº 003-2011-EF/68.01. RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM Nº 314-2007-EF/15.

Objetivos del SNIP

El SNIP busca lograr los siguientes objetivos : a. Optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la ejecución de Proyectos de Inversión Pública – PIP. b. Lograr que los escasos recursos públicos destinados a la inversión por las distintas instancias del Gobierno tengan la mayor rentabilidad o impacto social. c. Mejorar la calidad del gasto. d. Busca que los proyectos sean viables. La viabilidad se sustenta en estudios de preinversión que demuestren la rentabilidad social, la sostenibilidad del proyecto y ser compatible con los lineamientos de política.

¿Qué es el SNIP?

Es un sistema administrativo del Estado peruano que certificar la calidad de los proyectos de inversión pública con el objeto de optimizar el uso de los recursos destinados a inversión pública.  El SNIP es de cumplimiento obligatorio de todos los niveles de gobierno (nacional, regional y local), según corresponda (así como a sus empresas y demás órganos pertenecientes o adscritos a éstos). El SNIP  durante las distintas fases del ciclo del proyecto presenta principios, métodos, procedimientos y normas técnicas .

Guía de negocios e inversiones en Perú

Sectores de mayor y menor acceso para las inversiones/ Cómo mejorar la competitividad de dichos sectores/ Regiones con mayor y menor potencial de desarrollo de la inversión. Paulo Pantigoso Deputy Managing Partner de EY Descargar Libro:

Emisión de facturas electrónicas

Perú es uno de los países latinoamericanos que se está sumando al sistema de facturación electrónica. Su implementación y utilización está pronta a ser una realidad, tras varios años de trabajo para impulsar esta iniciativa, gracias al apoyo de la Sunat (organismo encargado de la recaudación de impuestos), la Cámara de Comercio de Lima, y de empresas proveedoras de soluciones informáticas expertas en factura electrónica.  Grandes compañías, principalmente del sector retail, comercio e industria, han entendido que este sistema en algún momento se volverá obligatorio y traerá retorno a lo invertido. Asimismo, han vislumbrado los principales beneficios que las empresas peruanas pueden obtener al facturar de manera electrónica. Entre ellos, la mejora en los procesos. Profundizando en estos temas encontramos una gran diversidad de factores que, dependiendo de cada negocio adquiere mayor relevancia, como por ejemplo la reducción de consumo de papel y la eliminación de su almacenamiento,

Nueva Moneda de 1 Sol - Complejo Arqueológico de Tunanmarca

El Banco Central de Reserva del Perú puso en circulación la nueva moneda de un nuevo sol alusiva al Complejo Arqueológico de Tunanmarca, ubicado en Junín. Esta moneda, la décimo quinta de la Serie Numismática Riqueza y Orgullo del Perú, es de curso legal, por lo que puede ser usada en cualquier transacción económica y circulará de forma simultánea con las actuales. En el anverso, de la moneda, se observa en el centro el Escudo de Armas del Perú, en el borde exterior la leyenda “Banco Central de Reserva del Perú”, el año de acuñación y un polígono inscrito de ocho lados que forma el filete de la moneda. En el reverso, en la parte central, se distingue en primer plano un pórtico de una de las viviendas circulares (chullpas) de la ciudadela y a través de él, se observa parte del complejo. Igualmente se aprecia la marca de la Casa Nacional de Moneda sobre un diseño geométrico de líneas verticales así como la denominación en número y el nombre de la unidad monetaria sobre unas l