Alicia Abanto, Jefa del Programa de Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, explica la Ley Nº 29785 La Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el convenio 169 de la organizacion internacional del trabajo (OIT), Desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente. Se Interpreta de conformidad con las obligaciones establecidas en el Convenio 169 de la Organización Intemadonal del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado penuano mediante la Resolución Legislativa 26253.
Alicia Abanto, Jefa del Programa de Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, explica la Ley Nº 29785 La Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el convenio 169 de la organizacion internacional del trabajo (OIT), Desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente. Se Interpreta de conformidad con las obligaciones establecidas en el Convenio 169 de la Organización Intemadonal del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado penuano mediante la Resolución Legislativa 26253.
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