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Seguro Social de Salud - Essalud

EsSalud es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es dar cobertura a los asegurados y a sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, en un marco de equidad, solidaridad, eficiencia y facilidad de acceso a los servicios de salud.
El Seguro Social de Salud o tambièn conocido comoEsSalud es la institución peruana de la seguridad social en salud, comprometida con la atención integral de las necesidades y expectativas de la población asegurada, con equidad y solidaridad hacia la universalización de la seguridad social en salud.
Cuenta con hospitales generales, policlínicos y establecimientos especializados de salud, ubicados estratégicamente a lo largo y ancho del Perú, a fin de satisfacer la gran demanda de salud existente entre la población asegurada y no asegurada. Así como Centros del Adulto Mayor (CAM) y Centros Especializados de Rehabilitación Profesional (CERP).

Historia
El 12 de agosto de 1936 se promulga la Ley N.º 8433 que crea la Caja Nacional del Seguro Social Obrero, marcando prácticamente el inicio de la Seguridad Social en el Perú.

Anteriormente conocido como el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS).

Dirección
Representantes del Estado
Presidente del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo: Dr. Álvaro Vidal Rivadeneyra
Representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: Dr. Harry John Hawkins Mederos
Representante del Ministerio de Salud: Dr. Enrique Jacoby Martínez
Representantes de los Empleadores
Representante de la gran empresa: Sr. Antonio Gonzalo Garland Iturralde
Representante de la mediana empresa: Sr. Pablo Manuel Jose Moreyra Almenara
Representante del sector de la pequeña y microempresa: Sr. Eduardo Francisco Iriarte Jiménez
Representantes de los Asegurados
Representante de los trabajadores del régimen laboral de la actividad pública: Sra. Carmela Asunción Sifuentes de Holguín
Representante de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada: Sr. Guillermo Onofre Flores
Representante de los pensionistas: Sr. Jorge Alberto Cristobal Párrag

SON ASEGURADOS DEL SEGURO REGULA:
• Los trabajadores activos que laboran bajo una relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, los trabajadores del hogar así como los pensionistas que perciben pensión de jubilación, incapacidad o sobrevivencia.
• También son asegurados regulares los trabajadores pescadores, procesadores pesqueros artesanales y trabajadores agrarios dependientes e independientes, existiendo una normatividad especial por cada sector.
• En el caso de las microempresas, los trabajadores y conductores (persona natural propietaria de la unidad económica) están comprendidos como asegurados regulares.
• Los familiares de los trabajadores llamados derechohabientes comprenden al cónyuge (esposo, esposa) o concubino(a). (Artículo 326 del Código Civil), los hijos menores de edad o mayores de edad incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, siempre que no sean afiliados obligatorios.

REGISTRO DE ENTIDAD EMPLEADORA
El registro de la entidad empleadora se realiza mediante el Programa de Declaración Telemática
– PDT 600 a través de la página web de la SUNAT o del Formulario Nº 402, el cual puede adquirirse en la SUNAT o en las entidades bancarias.

PROCESO DE AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR
La afiliación de los trabajadores se realiza a través del Programa de Declaración Telemática - PDT, si la entidad empleadora cuenta con 5 a más trabajadores, y en el Formulario Nº 402, si cuenta con menos de 5 trabajadores, siempre y cuando no esté obligado a utilizar PDT. Esta declaración, así como el pago correspondiente, deberá realizarse mensualmente en las entidades bancarias autorizadas, conforme a la fecha establecida por SUNAT, y estará a cargo de la entidad empleadora. Asimismo, a través de esta declaración, el empleador consignará como contribución el 9% de su sueldo total percibido, el cual no deberá ser menor al 9% de la Remuneración Mínima Vital vigente.
En los casos de empresas que presenten PDT, deberán declarar a los derechohabientes a través de este programa. En los casos de empresas que declaran con formulario Nº 402, deberán realizar el registro de los derechohabientes ante EsSalud conforme a los requisitos señalados.
Una vez realizada la declaración de los trabajadores se podrá consultar, en la página web de EsSalud www.essalud.gob.pe o en cualquier agencia de EsSalud, el centro asistencial asignado a cada uno de ellos.

¿Qué información se debe consignar en la declaración de los trabajadores? 
Los datos que se deben consignar en el PDT son los datos personales del trabajador y de los derechohabientes como: apellido paterno, apellido materno, nombres completos, Nº DNI, fecha de nacimiento, entre otros, que se indican en el mismo.
Requisitos que se deberá presentar para el registro de los derechohabientes ante ESSALUD:

Cónyuge:
• Documento de identidad (original) de ambos.
• Partida de matrimonio civil (original) con una antigüedad no mayor a 1 año.
• Formulario 6052 firmado por el representante legal de la entidad empleadora.

Concubino(a):
• Documento de identidad (original) de ambos.
• Formulario 6052 firmado por el representante legal de la entidad empleadora.
• En el caso de que el domicilio consignado en el DNI de los concubinos no sea el mismo, deberán presentar una declaración jurada.

Hijos menores de edad :
• Partida de nacimiento original.
• Formulario 6052, firmado por el representante legal de la entidad empleadora.
• Documento de identidad original del titular. 

Hijos mayores de edad con incapacidad en forma total y permanente para el trabajo:
• Formulario 6052 firmado por el representante legal de la entidad empleadora.
• Resolución Directoral de Incapacidad emitida por EsSalud.
• Partida de nacimiento original.
• Documento de identidad original del titular ydel derechohabiente.

Madre Gestante
• Formulario 6052 firmado por el representante legal de la entidad empleadora.
• Copia de la escritura pública o testamento de reconocimiento del concebido o copia de la sentencia de declaratoria de paternidad.
• Documento de identidad original de la gestante y del titular.
Para la atención, deben obtener su carta médica en la agencia de EsSalud, presentando los requisitos señalados. El derecho caduca al nacimiento del niño.

¿QUÉ SERVICIOS BRINDA ESSALUD?
EsSalud otorga a los asegurados y a sus derechohabientes las siguientes prestaciones:
• Prestaciones de prevención y promoción de la salud.- Comprende la educación para la salud, evaluación y control de riesgos e inmunizaciones.
• Prestaciones de recuperación de la salud.- Comprende la atención médica, medicinas e insumos médicos, prótesis y aparatos ortopédicos imprescindibles y servicios de rehabilitación.
• Prestaciones de bienestar y promoción social.- Comprende actividades de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el trabajo.
• Prestaciones económicas (Solo en caso de titulares).- Comprende los subsidios por incapacidad temporal, maternidad, lactancia y prestaciones por sepelio.
• Prestaciones de maternidad.- Consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al periodo del puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido.

¿EN QUÉ CONSISTE EL PERIODO DE CARENCIA?
Es el tiempo que debe esperar un asegurado para tener derecho a las prestaciones que brinda EsSalud. Todo asegurado que comience a laborar como nuevo en la actividad laboral tendrá un periodo de carencia de tres (3) meses. Para la atención por accidentes, la cobertura empieza desde el inicio del vínculo laboral.

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