En Chile, el impuesto de timbres y estampillas se grava cuando un deudor presenta un efecto al pagar.
El impuesto cambia dependiendo de cuándo vence el efecto:
El impuesto cambia dependiendo de cuándo vence el efecto:
Efectos que vencen en una fecha fija
Si un efecto vence en una fecha fija, el impuesto depende de la vigencia del efecto. Se calcula el 0,1% del importe del capital para cada mes de calendario iniciado, de modo que un efecto que se ejecuta del 29 de julio al 27 de octubre se gravará con un 0,4%. El impuesto de timbres y estampillas no puede exceder del 1,2% pero el sistema no verifica si se ha excedido el importe máximo.
Si un efecto vence en una fecha fija, el impuesto depende de la vigencia del efecto. Se calcula el 0,1% del importe del capital para cada mes de calendario iniciado, de modo que un efecto que se ejecuta del 29 de julio al 27 de octubre se gravará con un 0,4%. El impuesto de timbres y estampillas no puede exceder del 1,2% pero el sistema no verifica si se ha excedido el importe máximo.
Efectos que vencen por solicitud
Los efectos que vencen por solicitud se gravan con un 0,5%.
Los efectos que vencen por solicitud se gravan con un 0,5%.
IntegraciónEl procedimiento de contabilización de efectos de crédito se lleva a cabo de forma ligeramente diferente de la norma: Para más información, véase Efectos de la contabilización de crédito con derechos de timbre.
Para hacer una lista de los derechos de timbre a los que está sujeto, utilice Libro de estampillas.
Descargar DECRETO LEY Nº 3.47
Para hacer una lista de los derechos de timbre a los que está sujeto, utilice Libro de estampillas.
Descargar DECRETO LEY Nº 3.47
Gobierno de Chile anuncia tercera rebaja de impuesto de timbres y estampillas 2013
El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, anunció una nueva rebaja en los impuestos a través del proyecto de ley “Factura Electrónica”, que será ingresado al Congreso el próximo martes y que busca reducir el Impuesto de Timbres y Estampillas desde el actual 0,4% a un 0,2%.
Esta es la tercera vez que Hacienda rebaja este impuesto durante la administración Piñera. La primera vez fue en 2010 donde se rebajó desde un 1,2% a un 0,6%; en 2012, en el marco de la Reforma Tributaria, se redujo a un 0,4% y el actual anuncio de disminución del tributo a un 0,2%.
Entre los beneficios destaca la disminución significativa de los costos de facturación y aumentos de productividad y competitividad de las empresas por conceptos de ahorro en papel. Además, para los contribuyentes, la medida simplifica la autorización del uso y timbraje de facturas, ya que se sustituye por un registro electrónico que autoriza a los contribuyentes a emitir documentos tributarios electrónicos, todo a través del sitio web del SII.
Para la administración tributaria, las ventajas son focalizar la fiscalización y la modernización del Estado, generar oportunidad en la recepción y calidad de la información y una mayor transparencia. Con el uso de la factura electrónica, se puede postergar el pago del IVA del día 12 al día 20 de cada mes. Estos son ocho días adicionales de financiamiento de capital de trabajo.
“Hace casi dos años nuestro gobierno viene trabajando en una iniciativa para universalizar el uso de la factura electrónica y este proyecto de ley marca la culminación de ese proceso. Ganan los contribuyentes, especialmente las PYME, para las que ahora será aún más fácil y menos costoso hacer sus negocios, y gana el Fisco, que puede fiscalizar lo que le pertenecen a todos los chilenos”, sostuvo el ministro Larraín.
Mayor recaudación fiscal
Se espera que se recauden cerca de US$ 600 millones por la operación de la factura electrónica en el 100% de los contribuyentes de IVA, mientras que la disminución de Timbres y Estampillas debería generar una menor recaudación de aproximadamente US$ 200 millones. El efecto neto esperado es de aproximadamente US$ 400 millones de mayor recaudación para el fisco.
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