La gratificación es un beneficio que percibe el trabajador del régimen laboral de la actividad privada es decir, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, tanto el julio (fiestas patrias) como en diciembre (navidad). Equivale a una remuneración completa, siempre que el trabajador haya laborado seis meses completos seguidos (enero a junio), en el caso del que percibirá por fiestas patrias. La empresa está obligada a abonar como máximo al 15 de julio de 2014. Los trabajadores que tienen el derecho a recibir este pago son aquellos con relación en empresas del sector privado y para entidades públicas sujetas, siempre que en su contrato de trabajo establezca que se rigen por la legislación laboral privada. También se incluyen a los trabajadores extranjeros, y los socios de las cooperativas de trabajadores. Los trabajadores de la pequeña empresa reciben la mitad. Exclusión No tienen derecho a recibir las gratificaciones los trabajadores de la micro empresa no tiene...